GANADERÍA

La Junta simplifica los trámites para crear explotaciones ganaderas al ser una actividad económica 'muy importante'

La portavoz Milagros Marcos asegura que está agilización no influye para 'garantizar el cumplimiento de los requisitos medioambientales y el bienestar animal'.

Ical

La Junta de Castilla y León aprobó este jueves el decreto que simplifica y agiliza los trámites administrativos para la creación de nuevas explotaciones ganaderas al ser una actividad económica ''muy importante'' para la Comunidad que fija población. En concreto, se permite el inicio de determinas actividades e instalaciones ganaderas presentando una comunicación ambiental en lugar de exigir licencia ambiental previa y se determina las condiciones ambientales mínimas que deben cumplir las explotaciones, en especial las del sector porcino.

El decreto establece la obligación de presentar una comunicación ambiental de actividades o instalaciones ganaderas ante el ayuntamiento correspondiente, que deberá contener un documento técnico que incluya datos generales orientativos sobre número de animales que puede albergar la explotación, sistema de abastecimiento de agua y caudal máximo que se prevé utilizar y sistema de eliminación de cadáveres, entre otros. La portavoz de la Junta y consejera de Agricultura y Ganadería, Milagros Marcos, aseguró que esta agilización administrativa no es óbice para ''garantizar siempre el cumplimiento de los requisitos medioambientales y el bienestar animal''.

El ámbito de aplicación de esta norma son las granjas de porcino, bovino, ovino, caprino, equino, aves, cunícola, especies peleteras, especies cinegéticas y otras destinadas a producir alimentos para consumo humano o animal. Se aplicará a las explotaciones que hasta ahora estaban sometidas a licencia ambiental y además a las que ya se sometían a comunicación ambiental por tener declaración de impacto ambiental favorable.

Marcos recordó que el sector porcino es el más regulado en la normativa nacional, que impide la puesta en marcha de magrogranjas de cerdos. ''Hablamos de una actividad económica muy importante en Castilla y León, tal y como demuestran el aumento de las exportaciones, además de estar muy profesionalizado que cumple rigurosamente todos los criterios de la norma'', apuntó. Además, huyó de la ''demonización interesada o no'' del sector por parte de ideologías y lobbys que fomentan algunos programas de televisión.

Condiciones ambientales mínimas

El decreto además recoge las condiciones ambientales mínimas que deben cumplir las instalaciones ganaderas, entre las que figuran las distancias mínimas entre las explotaciones y determinar puntos sensibles como los núcleos de población, cauces de agua o vías de comunicación de interés general, y los valores límite de vertidos de purines a colectores municipales.

Sobre las distancias mínimas, sin perjuicio de lo que establezcan las ordenanzas municipales propias de cada ayuntamiento, el decreto regula la separación mínima de las instalaciones respecto de la población, que oscila entre 50 metros o un kilómetro, según se trate de viviendas aisladas o núcleos mayores de 3.000 habitantes, teniendo en cuenta también del tamaño de la instalación.

Igualmente se recoge la distancia mínima respecto de cauces de agua, canales de riego, pozos, manantiales, tuberías para abastecimiento público, etc. que viene determinada en algunos casos en la normativa básica sobre aguas continentales o establecida por el organismo de cuenca, y en el caso de autopistas, autovías y carreteras oscila entre los 5 metros respecto de caminos rurales y los cien para la Red de Interés General y vías de ferrocarril.

Esta normativa regula también aspectos relativos al abastecimiento de agua, salubridad interior y protección de las aguas superficiales y subterráneas y valores límites de vertido a colector, y exige que las instalaciones ganaderas se adapten estéticamente en materiales y colorido de las edificaciones al entorno paisajístico en el que estén situadas y siempre siguiendo las prescripciones de carácter urbanístico aprobadas por el ayuntamiento correspondiente.

El decreto presta especial atención y establece la obligatoriedad de disponer de un plan de gestión de deyecciones ganaderas que deberá ser actualizado anualmente, con autorización expresa del propietario de las parcelas donde se vayan a volcar los vertidos en el caso de que no sean propiedad de la explotación, documento que deberá estar a disposición de los inspectores. Además, recoge pormenorizadamente los requisitos que debe cumplir la explotación para gestionar sus residuos, estercoleros, balsas de purines y emisiones a la atmósfera.

Las consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura y Ganadería desarrollarán, en colaboración con las organizaciones agrarias, un documento para el desarrollo de análisis de riesgos medioambientales simplificado que permita evaluar los riesgos de emisiones accidentales y adoptar las medidas necesarias de prevención.