TRIBUNALES

Condenados a 7 años y medio de prisión dos miembros del clan de los Monchines por drogas

  • La sentencia condena a 'Chirras a tres años y medio de prisión y a una multa de 81.762 euros
  • Cuatro años de prisión y pago de 163.524 euros para Cristian R. J.
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Sentencia del juicio.

Efe / Valladolid - lunes, 26 de julio de 2010

El Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid ha condenado a dos miembros del conocido como Clan de lo Monchines a penas que suman siete años de prisión y al pago de multas que se calculan en más de 245.000 euros, por un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud.

La sentencia condena en concreto a José Enrique R.L., apodado Chirras, a tres años y medio de prisión y al pago de una multa de 81.762 euros, y a su yerno Cristian R.J. a cuatro años de prisión y el abono de 163.524 euros, tras la aprehensión de droga que hubiera supuesto un precio de 143.763 euros si se hubiera vendido por gramos en el mercado.

En el apartado de hechos probados, la resolución judicial establece que los hechos ocurrieron 3:00 horas del 23 de agosto del año pasado, cuando José enrique R.L., de 34 años, conducía un vehículo por el céntrico Paseo de Zorrilla de Valladolid en dirección a su domicilio, a sabiendas de que en el interior del coche se encontraban 29.581 gramos de hachís escondidos en los altavoces traseros.

También llevaba en el automóvil dieciocho paquetes que contenían 180 tabletas de droga, 307 bellotas y otras dos tabletas, todo ello envuelto con cinta adhesiva.

El texto judicial, que fija que el hachís estaba destinado a la venta a terceros, explica cómo, sobre las 3:00 horas, El Chirras aparcó el coche en un callejón detrás de su casa y, alrededor de las 15:00 horas, el otro encausado, de 24 años, se acercó al coche, también sabiendo que contenía los estupefacientes y, con las llaves en la mano, abrió la puerta, momento en el que fue arrestado.

La sentencia tiene en cuenta que, en el caso de Cristian R.J., concurre la circunstancia agravante de reincidencia, además de la atenuante analógica de reconocimiento de los hechos, mientras que en el caso del otro acusado establece que no concurren ni agravantes ni atenuantes.

No obstante, en cuanto a El Chirras, recuerda la gravedad de los hechos y sus antecedentes penales por blanqueo de dinero, por lo que fija una pena de tres meses y medio de cárcel, como reclamaba el ministerio fiscal.

El Chirras fue condenado por la Audiencia de Valladolid junto a otras nueve personas del mismo clan de etnia gitana a 39 años de prisión en total por blanqueo de dinero y, tras ser juzgado, huyó de la justicia, aunque posteriormente, en mayo de 2005, se entregó junto a otras dos personas que también habían escapado, según informaron entonces fuentes policiales.

Aquella sentencia, dictada en 2003 por la Audiencia Provincial de Valladolid, fue confirmada por el Tribunal Supremo en 2005.

Además de los dos encausados, en el Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid debía haber sido juzgado por la misma causa un tercero, declarado en rebeldía y que se encuentra en situación de busca y captura.

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