TRIBUNALES

La Audiencia Nacional ratifica la multa de 18 millones a Nuclenor por parar Garoña sin informe previo

La empresa, que alega que no hubo problema parar la central siete meses antes de lo previsto, recurre al Supremo

La Audiencia Nacional ha ratificado la multa de 18 millones a la empresa Nuclenor impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por incumplir la ley del Sector Eléctrico al detener el reactor de la planta el 16 de diciembre de 2012 y descargar todo el combustible que había en su interior sin informar con antelación al Ministerio de Industria, cuando su licencia estaba vigente hasta julio de 2013.

Nuclenor recurrió la sanción pero la Audiencia Nacional ha avalado la decisión de la CNMC y ratificado la multa, que no es definitiva porque la empresa propietaria de la central nuclear de Santa María de Garoña, situada en el noreste de Burgos, ha presentado un recurso de casación en el Tribunal Supremo, según la información publicada en su edición de hoy por Diario de Burgos.

La CNMC estimó que Nuclenor había incumplido la ley del Sector Eléctrico que obliga a comunicar al Ministerio de Industria "al menos con un año de antelación a la fecha prevista su intención de cesar con carácter definitivo la actividad".

En ese momento, la empresa tenía la autorización para explotar Garoña hasta julio de 2013, pero la inminente entrada en vigor el 1 de enero de ese año de la nueva fiscalidad que iba a gravar el combustible nuclear usado llevó a la propietaria de la planta a detener el reactor el 16 de diciembre de 2012.

La comunicación de ese hecho al Ministerio de Industria y al Consejo de Seguridad Nuclear se produjo el 28 de diciembre, con una "política de hechos consumados", como indica la sentencia. En su recurso, Nuclenor alegó que sobre la ley del Sector Eléctrico debía prevalecer la regulación nuclear, que no exige avisos previos.

También reconoce Nuclenor que la decisión se adoptó debido a la nueva tributación y señala que el nuevo impuesto implicaba "un pago inasumible de 153 millones de euros". Además, la CNMC estimó el impacto en la seguridad del suministro de la parada de la central, pero la sociedad propietaria indicó que en aquel momento existía "un exceso de capacidad de generación eléctrica conforme a aseveraciones tanto del Ministerio como de la CNMC".

La sentencia también ve adecuada la sanción de 18,4 millones de euros calculada en base al 10 por ciento de la cifra de negocio que tuvo la central en 2011 y que se elevó a 184 millones. Esa fiscalidad se modificó en junio de 2013 lo que llevó a Nuclenor a solicitar la autorización para continuar con su actividad en mayo de 2014, que está pendiente de la respuesta del Consejo de Seguridad Nacional.