CAZA Y PESCA | Castilla y León

La pesca de trucha y salvelino comenzará el 18 de marzo en la zona sur y el 1 de abril en la norte

  • En ambos casos, la campaña concluirá el 31 de julio, si bien existen excepciones reguladas por las características de cada provincia
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Ical / Valladolid - martes, 29 de noviembre de 2011

La temporada de pesca de la trucha y el salvelino –este último también llamado trucha alpina o trucha ártica-, las especies muy comunes de Castilla y León, comenzará el tercer domingo del mes de marzo (día 18) en la zona sur de la Comunidad, que comprende las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, mientras que en la considerada norte, Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora, lo hará el primer domingo del mes de abril (día 1).

En ambos casos, la campaña concluirá el 31 de julio, si bien existen excepciones reguladas por las características de cada provincia, según la Orden por la que se establece la Normativa Anual de Pesca regional para el próximo año, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl).

Además de la trucha común y el salvelino, en la Comunidad se podrán pescar otras especies históricas como el hucho o salmón del Danubio, la anguila, el barbo, la boga, la madrilla, el cacho, la carpa, el carpín, el gobio, la tenca, el piscardo, el black-bass o perca americana y el lucio.

Así, en las aguas libres donde esté autorizada su captura, la talla mínima de la trucha común debe alcanzar los 21 centímetros, mientras que la de la anguila, 30 centímetros. En el caso de los barbos esa talla alcanza los 18, mientras que el black-bass, con carácter general, también será de 21 centímetros en ríos, arroyos y otras aguas corrientes, y en 27 en aguas embalsadas, lagos y lagunas. Sin embargo, para la lucioperca, perca-sol, pez gato, alburno y siluro no se determina talla mínima, sino todo lo contrario, la Orden establece que debe ser sacrificado al considerarse como especie exótica y nociva para los ecosistemas acuáticos de Castilla y León. Por su parte, para el cangrejo rojo no existe talla mínima, mientras que la rana común, 19 centímetros contando las dos ancas.

En cuanto a las limitaciones de capturas de la trucha y el salvelino, los pescadores no deberán obtener en aguas libres más de cuatro ejemplares por personas y día; una pieza para el hucho por pescador y día; dos docenas para la rana común; tres anguilas; cinco black-bass; una docena por especia, pescador y día para tencas, barbos, bordillo, cacho, boga y madrilla; y, por último, sin limitación para el cangrejo rojo.

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