Decreto pionero en España

Los funcionarios de Castilla y León podrán acogerse a la fórmula del 'Teletrabajo'

  • El plan excluye al personal de registro y puestos de atención presencial al ciudadano
  • Los empleados públicos podrán trabajar tres días en casa y dos en la administración

Ical

La Junta de Castilla y León excluye de la prestación de la jornada laboral a través de la fórmula de ‘Teletrabajo’, regulación pionera en España que prevé aprobar este mes, a los empleados públicos que ocupen puestos de cara al ciudadano, como las oficinas de registro o de atención e información, y en general a todos aquellos cuyas funciones conlleven necesariamente la prestación de servicios en presencia del usuario así como los que tienen una jornada de dedicación especial.

Así se recoge en el borrador del proyecto de decreto de jornada de trabajo no presencial mediante el teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, norma que tiene entre sus objetivos la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para “conseguir con ello un mayor grado de satisfacción laboral”, la implantación de la gestión por objetivos y favorecer la utilización de las nuevas tecnologías.

Para prestar la jornada laboral fuera de las dependencias de la Administración autonómica, que se realiza a través de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, los empleados públicos, personal funcionario, estatutario, laboral y docente, para quienes será de aplicación el decreto, deberán acreditar una antigüedad mínima de dos años en servicio activo, si bien también se puede solicitar desde una situación de excedencia.

El acceso al teletrabajo es sencillo, sólo se requiere la solicitud previa del interesado y, una vez comprobado que cumple los requisitos, se produce la resolución del titular de la Secretaría General de la consejería competente. Durante el periodo de trabajo no presencial, para el que no existe un límite temporal, el empleado público tendrá garantizados los principios de seguridad social, privacidad, protección, confidencialidad de datos y prevención de riesgos laborales.

Así, esta vía de trabajo está abierta a personas que realicen su actividad en los departamentos de estudios y análisis de proyectos, elaboración de informes, asesoría, redacción, corrección y tratamiento de documentos, inspección, gestión de sistemas de información y comunicaciones y análisis, diseño y programación de sistemas de información y comunicaciones. También los empleados públicos que prestan sus servicios en casos de alerta sanitaria u otros acontecimientos de carácter extraordinario podrán solicitar prestar la totalidad del servicio en forma de jornada no presencial.

En casos de varias solicitudes en una misma unidad de trabajo, tendrán preferencia quienes tengan a su cargo a mayores de 65 años que precisen cuidados continuados, hijos menores de 12 años, familiares hasta segundo grado con discapacidad o enfermedad grave, empleados públicos con discapacidad, empleados públicos víctimas de violencia de género, la dificultad y el tiempo para el acceso a un transporte público o la realización por parte de los empleados públicos de estudios reglados o relacionados con el puesto de trabajo.

Distribución de la jornada

La jornada, según refiere el borrador de decreto, al que se han incorporado ya las alegaciones de la mesa general de negociación de empleados públicos, de las consejerías afectadas, del Consejo Económico y Social y del Consejo de la Función Pública, será fijada por acuerdo entre la Administración y el empleado público. Con carácter general, la distribución será de al menos tres días a la semana de forma no presencial y el resto en la oficina, sin que se pueda fraccionar para su prestación en ambas modalidades. Además, habrá un “concepto de justificación” para el control horario de la jornada no presencial.

Por otro lado, el equipamiento básico, ordenador y sistema de comunicación, deberá ser aportado por el empleado que solicita esa modalidad de trabajo, si bien la comunicación con los sistemas informáticos de la Administración Autonómica se realizará por los propios de la administración para garantizar la accesibilidad, agilidad, seguridad y confidencialidad de la comunicación.

Además, el empleado y los jefes de servicio responsables de trabajadores que presten jornada no presencial realizarán cursos de formación de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León. El primero relativo a teleformación y en materia de prevención de riesgos laborales y el segundo en técnicas de dirección por objetivos, planificación y gestión.

El decreto, que se enmarca en la modernización de la administración autonómica, nace del programa experimental que puso en marcha en noviembre de 2009 la consejería que dirige Isabel Alonso, en el que participaron 99 empleados públicos de las nueve provincias (54 mujeres y 45 hombres).

“El éxito de este proyecto ha llevado a la tramitación de un decreto pionero en esta materia que va a regular el teletrabajo como forma de prestación de la jornada laboral en la modalidad de “no presencial”, explicó la consejera cuando presentó el presupuesto de su departamento en las Cortes.

En Europa se han puesto medidas para impulsar esta modalidad de trabajo a través del Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo, firmado en julio de 2002, en Bruselas, a iniciativa de la Comisión Europea. Esta fórmula se introdujo en la normativa de Castilla y León en el Acuerdo Marco sobre los principios de las políticas de Función Pública de junio de 2009, firmado por la Junta y las centrales sindicales. El Plan Estratégico de Modernización de la Administración de Castilla y León 2008-2011 también le recoge.