La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha declarado la existencia de una plaga que afecta a los pinos en el Valle del Tiétar, concretamente en la zona del Barranco de las Cinco Villas y Arenas de San Pedro. Se trata de una plaga de "Ips Sexdentatus", considerado como el causante de una de las plagas potencialmente más graves que pueden sufrir los pinares, dado que este insecto perforador de la corteza es el más peligroso de la fauna española, por lo que la dispersión y extensión de esta plaga ocasionaría perjuicios económicos y ecológicos muy serios.
Así lo recoge la orden publicada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León, que advierte que se ha detectado un incremento de estos coleópteros "a consecuencia de los incendios forestales ocurridos en los años 2008 y 2009 en la provincia de Ávila".
Dicho insecto está considerado como el causante de una de las plagas potencialmente más graves que pueden sufrir los pinares, dado que es el escolítido perforador de la corteza de árboles más peligroso de la fauna española, por lo que la dispersión y extensión de esta plaga ocasionaría perjuicios económicos y ecológicos muy serios.
Antes esta situación y tras declararse oficialmente la existencia de la epidemia, se han tomado diversas medidas. De este modo, según dispone la Consejería de Medio Ambiente, los propietarios de montes que estén poblados por pino en la provincia de Ávila que observen focos de "Ips sexdentatus" en sus montes, están obligados a dar cuenta inmediata de ello al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila y a facilitar en todo momento la actuación de la administración en los terrenos de su propiedad.
Para la ejecución de podas, clareos, claras y otras cortas de madera, desde el primer día de abril hasta el primer día de noviembre de cada año en todos los pinares que estén situados en los términos municipales de El Arenal, Arenas de San Pedro, Cuevas del Valle, Mombeltrán, El Hornillo, Villarejo del Valle y Guisando, se requerirá la autorización del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila, previa conformidad de la autoridad fitosanitaria.
En cualquier caso, durante el periodo de tiempo comprendido entre el primer día de abril hasta el primer día de noviembre de cada año, no se podrá dejar madera de pino cortada o restos de corta por un período de tiempo superior a una semana.
Los propietarios de los montes afectados por la declaración de plaga deberán efectuar el tratamiento de los focos que hayan aparecido en sus pinares en el plazo de una semana desde su detección.
Los propietarios de los montes incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden están obligados a la corta y eliminación de aquellos árboles que, por su estado de debilidad, puedan favorecer la dispersión de la plaga.