El Juzgado de Primera Instrucción número 3 de Valladolid ha decretado el archivo de la causa abierta contra cinco cargos de la Junta de Castilla y León, al considerar que no existen indicios de delitos por haber informado favorablemente sobre la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en el caso de la "Ciudad del Golf", de Las Navas del Marqués (Ávila).
La causa, que corresponde a la primera de las cuatro piezas en las que fue dividido el proceso, llegó al Juzgado número 3 de Valladolid, ya que se refiere "exclusivamente a la Declaración de Impacto Ambiental que se tramitó por la Consejería de Medio Ambiente", cuya sede radica en ese Partido Judicial.
En esta pieza figuraban como imputados el hoy director general del Medio Natural y en aquel momento jefe del Servicio de Espacios Naturales, José Ángel Arranz Sanz, además de su predecesor en el cargo y actual jefe del Servicio de Medio Ambiente en León, Mariano Torre.
Junto a ellos figuraban el jefe del Servicio de Medio Ambiente de Ávila, Juan Manuel Pardo, el jefe de la Sección de Ordenación y Mejora y Jefe de la Sección de Espacios Protegidos del Servicio de Medio Ambiente de Ávila, Sabas Yagüe, y el jefe de la Sección de Especies Protegidas de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, José Ignacio Molina.
El polémico proyecto de la "Ciudad del Golf" incluía la construcción de 1.600 viviendas, un campo de golf y dos hoteles de lujo con 300 plazas en un espacio de 210 hectáreas, situado en la Cuerda de la Estación, a unos 3 kilómetros del casco urbano de esta localidad de 5.500 habitantes, próxima a la Comunidad de Madrid.
El auto, que ha sido remitido este martes a las partes, considera que "procede acordar el sobreseimiento libre y el archivo" de las actuaciones practicadas, a raíz de la denuncia planteada por la Federación Ecologistas en Acción de Castilla y León y la Asociación Ecologista Centaurea por un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.
Contra el fallo aún cabe plantear un recurso de reforma y subsidiario de apelación en los tres días siguientes a su notificación a las partes.
El mismo sostiene que en este caso "no existen elementos indiciarios bastantes para afirmar que la conducta de los participantes en cuanto que funcionarios público o responsables administrativos en la Evaluación o Declaración de Impacto Ambiental de la Ciudad del Golf (...) haya incurrido en la conducta del artículo 329 del Código Penal, ni en ningún otro delito".
El juez considera igualmente que si el TSJCyL no apreció indicios de delito por parte de la vicepresidenta primera de la Junta y consejera de Medio Ambiente, María Jesús Ruiz, en este mismo caso, "ninguna razón existe para afirmar lo contrario de los técnicos que propusieron el informe que, por lo demás es razonado".
Según explicó el portavoz de Centaurea, Carlos Bravo, Ruiz "se precipita de manera inexplicable ante un auto que no es firme", ya que "la Fiscalía tiene que pronunciarse todavía y las partes denunciantes también".