El Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid ha condenado a un ginecólogo, P.M.L.M., a un año de prisión y tres años de inhabilitación para ejercer la medicina por un delito de homicidio por imprudencia profesional, cometido a raíz de la operación de una paciente para extirpar unos miomas.
La sentencia ha condenado además al especialista y su aseguradora, A.M.A., al pago de 300.000 euros a la familia de la víctima, en concepto de responsabilidad civil, mientras que ha absuelto al Sanatorio Virgen de la Salud, regentado por la Congregación Siervas de María, y a su aseguradora, Mafre Industrial, han informado a EFE fuentes del caso.
Los hechos por los que se desarrolló el juicio el pasado 10 de enero, con una vista que se prolongó hasta las 24:00 horas tras la declaración de más de una veintena de testigos y peritos, ocurrieron después de una operación de cirugía abierta practicada el 2 de enero de 2006 para extirpar varios miomas a la paciente.
La resolución judicial, considera que la paciente, una mujer de 32 años, no recibió la atención adecuada, ya que, tras la intervención quirúrgica, comenzó a quejarse durante la mañana de dolores en el abdomen, ante lo que la familia de la víctima requirió que avisaran al ginecólogo encausado.
Con el paso del tiempo, la paciente se mostraba cada vez más cansada, se quejaba de que respiraba peor y de que tenía frío, pero no fue hasta las 21:15 horas cuando acudió a verla el encausado, en un momento en el que ya la mujer se encontraba en parada cardiorrespiratoria.
Además, la sentencia precisa que no ha aparecido el documento de consentimiento informado necesario para practicar la intervención, han agregado dichas fuentes. Durante el juicio, el ginecólogo acusado manifestó que había hecho la operación "correctamente y sin ninguna complicación".
Explicó entonces el encausado que una llamada del centro sanitario efectuada sobre las 16:00 horas avisó a la enfermera de su consulta para que acudiera al sanatorio porque la mujer se encontraba mal, un aviso al que la receptora de la llamada respondió que se encontraba en una urgencia, en concreto un parto, y que avisaran al médico de guardia del propio centro.
A última hora de la tarde, cuando llegó a la consulta, le explicaron que le habían llamado y acudió al sanatorio, donde vio que la mujer estaba "mal", "con nerviosismo, respiración superficial y muy angustiada", dijo el ginecólogo en la vista oral.
Cuando se disponía a explorarla, entró en parada cardiorrespiratoria, ante lo que avisó para que llamaran a una ambulancia, manifestó el encausado, quien achacó la muerte de la paciente a un tromboembolismo pulmonar "masivo", una afección que según dijo sólo se puede diagnosticar cuando se practica una autopsia.
El fiscal había demandado un año de prisión y 90.000 euros de indemnización, la acusación particular dos años de cárcel, cuatro de inhabilitación y 300.000 euros de indemnización, mientras la defensa había demandado la absolución.