TRIBUNALES

La Junta indemniza con 81.000 euros a un motorista accidentado en Cogeces por el mal estado de la carretera

La indemnización incluye el pago de la motocicleta, declarada siniestro total; el equipo que vestía el afectado y las lesiones y secuelas sufridas a causa del accidente.

Europa Press

El arreglo de la VA-203, a su paso por el término de Cogeces del Monte (Valladolid), ya aparecía recogido en el Plan de Carreteras de la Junta de Castilla y León en 2008, si bien en octubre de 2014 la vía seguía en el mismo estado y provocó el accidente sufrido ese día por el motorista vallisoletano Félix Lorenzo de la Horra, que ha conseguido ahora una indemnización superior a los 81.000 euros.

Así lo determina una sentencia, ya firme, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, que estima parcialmente el recurso contencioso interpuesto por el afectado contra la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial dirigida contra la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y la aseguradora Zurich.

En su fallo el Alto Tribunal castellanoy leonés reconoce el derecho del afectado al cobro de una indemnización por importe de 81.543,62 euros--la reclamación se elevaba a 100.929 euros--, sin siquiera entrar en el fondo de los hechos por cuanto ni la Junta ni la aseguradora negaban tal responsabilidad ante el mal estado de la vía y la falta de señalización y tan solo discrepaban en las cantidades objeto de indemnización.

La indemnización reconocida al demandante, pintor de profesión, incluye el pago de la motocicleta, declarada siniestro total; el equipo que vestía el afectado y las lesiones y secuelas sufridas a causa del accidente sufrido sobre las 12.20 horas del día 5 de octubre de 2004 cuando circulaba por la carretera VA-203 desde Quintanilla a Cogeces del Monte (Valladolid) y a la altura de este último término se salió de la vía por el margen izquierdo y cayó por un terraplén.

El atestado levantado por la Guardia Civil constató que la causa del siniestro obedecía al abombamiento del asfalto por las raíces de los árboles, circunstancia que debería de haber sido corregida en aplicación del mencionado Plan Regional de Carreteras de 2008.

El letrado de la parte actora, Moisés Merchán, también en su condición de 'motero' y quien a punto estuvo ese día de acompañar a su cliente, subraya el alcance de la sentencia a nivel autonómico "dado que son muchos los puntos potencialmente peligrosos, especialmente para motoristas, y muchas veces por falta de presupuesto o de coordinación entre administraciones no se efectúan los arreglos necesarios".

El letrado insta a los ciudadanos a "seguir exigiendo unas condiciones mínimas para poder circular y no permitir que el estado de las carreteras sea la causa de los accidentes, sobre todo para el colectivo de motoristas, especialmente vulnerable".