LABORAL | Discriminación

Condenan a Aena a indemnizar a una vallisoletana 'porque no querían bajas por maternidad'

  • La mujer acudió a una entrevista a Tenerife y le advirtieron que no deseaban bajas por ser madre y que le costaría encontrar un trabajo para el marido y colegio para sus hijas

rtvcyl.es

La Sala de Social del Tribunal de Justicia de Canarias condenó a la entidad pública Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) a indemnizar con 3.000 euros a una vallisoletana que aspiraba a un empleo en el aeródromo de Los Rodeos (Tenerife) por los daños y perjuicios por discriminación de sexo al advertirle durante la entrevista que no deseaban trabajadoras que cogieran bajas por maternidad, según publica en su edición de hoy Diario de Valladolid-El Mundo.

La mujer, que además no consiguió el puesto, escuchó además en el proceso, celebrado el 26 de mayo de 2009, que su marido encontraría problemas para encontrar un trabajo en la isla y que a sus dos hijas les costaría matricularse en un colegio. Todo ello sucedió al exponer su situación familiar, con lo que, en ese momento, los encargados de la entrevista le advirtieron de las trabas para lograr el empleo si volvía a quedarse embarazada. Ante esta situación, confesó que se había ligado las trompas y que no podía tener más hijos.

Concluidas las entrevistas a las aspirantes, fue seleccionada la otra candidata finalista que concurría junto a la mujer vallisoletana, quien a las mismas preguntas contestó que no tenía pareja e hijos. En este sentido, la Sala de lo Social asegura que este hecho "supone una conducta discriminatoria, puesto que la trabajadora se vio obligado a desvelar sus planes familiares y datos médicos pertenecientes a su más estricta intimidad, innecesarios para una gestión de personal responsable y respetuosa con la dignidad del empleado", según informa el rotativo.

Los hechos se remontan a cinco años atrás, aunque el juzgado estima ahora la demanda interpuesta por la perjudicada a través de la Dirección General de Trabajo, donde lo denunció, y que sigue la misma línea en que se pronunció el Juzgado de lo Social 7 de Santa Cruz de Tenerife en mayo de 2011, fallo ante el que recurrió Aena.