EDUCACIÓN

La Consejería aprueba a siete colegios de Zamora y León cambiar las vacaciones de Semana Santa

Los centros zamoranos tendrán las vacaciones del día 26 de marzo al 3 de abril, y los leoneses entre el día 23 de marzo y el 2 de abril

Ical

La Consejería de Educación aprobó la petición para la modificación del calendario para el periodo vacacional de Semana Santa, de cinco colegios en la provincia de Zamora y dos en León, y denegó dos solicitudes de centros zamoranos.

Los centros zamoranos cuya petición fue admitida tendrán las vacaciones de Semana Santa del día 26 marzo al 3 de abril, ambos inclusive; y los leoneses, entre del día 23 marzo al 2 de abril, ambos inclusive.

En la provincia de Zamora, los centros que pidieron la modificación fueron el Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) 'Juan XXIII', Colegio Concertado (CC) 'Corazón de María', CC 'Divina Providencia', CC 'Medalla Milagrosa', CC 'Santísima Trinidad', Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) 'Poeta Claudio Rodríguez' y el IES 'Universidad Laboral', concediéndosela a los cinco primeros, pues en los últimos dos casos los centros comparten servicios complementarios con otros que no solicitaron este cambio de fechas. En el caso de la provincia de León, los centros que pidieron la modificación son el Centro Privado 'Peñacorada' y el CC 'Santa Teresa de León'.

Los centros a los que no se les autorizó el cambio mantendrán el calendario fijado por orden EDU/396/2017, de 25 de mayo, por la que se establece el calendario escolar para el curso académico 2017-2018 en los centros docentes, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, y se delega en las direcciones provinciales de Educación la resolución de las solicitudes de su modificación, señala un comunicado.

Durante cursos anteriores, se han autorizado cambios en el calendario escolar que han afectado tanto al inicio de curso, como a la modificación de días no lectivos y lectivos, con la finalidad de adecuar los calendarios escolares de los centros educativos a festividades tradicionales que por tradición les sean propias.

 

Normativa

El artículo 9 de la Orden EDU/385/2017, de 22 de mayo, regula el calendario escolar para los centros docentes, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. La normativa establece que los centros docentes de Castilla y León pueden solicitar cambios en el calendario escolar a las direcciones provinciales de Educación hasta el 31 de julio, en los casos en que dichos cambios afectasen a las fechas de inicio de las actividades lectivas, y hasta el 29 de septiembre, para el resto.

La petición tiene que ser informada por el Consejo Escolar, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos, o por el Consejo Social, en el caso de centros integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Finalmente, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales han podido promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio.

 La Consejería de Educación posibilitó solicitar dichos cambios para conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.